Green Card




Residencia Permanente basada en Empleo

Certificación Laboral- (Perm)



La Certificación Laboral puede ser su primer paso para obtener la residencia permanente (green card) (link to resid. Permanente) mediante un empleo.

La Certificación Laboral es un proceso que requiere que un empleador en los EE.UU. ofrezca una posición permanente a un ciudadano extranjero. Esta posición debe ser también ofrecida a otras personas del mercado local mediante avisos en el periódico, y otros métodos de contratación de personal. Si aquellas del mercado local no satisfacen los requerimientos mínimos establecidos por la posición, ésta es entonces otorgada al postulante extranjero, quien podrá luego e inmediatamente cambiar su condición a residente permanente.

  • El empleador debe contratar al ciudadano extranjero de manera permanente y a tiempo completo.
  • Debe existir un cargo disponible, de buena fe, ofrecido a trabajadores americanos.
  • Las responsabilidades del cargo deben adaptarse a lo que normalmente se exige en los Estados Unidos para esa ocupación en especifico, y no puede adaptarse a las descripciones personales del trabajador en si. En otras palabras, el empleador debe demostrar que la oferta de trabajo tiene una descripción que no se basa en requisitos laborales muy restrictivos, a menos que pueda demostrar que estos nacen de las necesidades del negocio.
  • El empleador deberá pagar al menos el salario prevaleciente para dicha ocupación en el área donde el trabajo se vaya a realizar.

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Habilidades Extraordinarias



“Individuos con habilidades extraordinarias” (EB-1) es una oportunidad para obtener la residencia permanente basada en los logros profesionales. Esta categoría está disponible para aquellos individuos que han alcanzado máximo reconocimiento en su área profesional.

A menos de que usted sea un individuo ganador de un Premio Nobel, un Oscar, o un premio de reconocimiento internacional similar, usted debe cumplir con al menos tres (3) de estos diez (10) criterios alternativos:



  • Premios o reconocimientos a nivel nacional o internacional
  • Ser miembro de asociaciones que requieren logros sobresalientes (de acuerdo a la consideración de expertos)
  • Una cantidad significativa de material publicado por otros sobre usted o su trabajo.
  • Participación como juez en el trabajo de otros, en su área de reconocimiento.
  • Contribuciones excepcionales en su área de reconocimiento.
  • Artículos doctrinales, escolares o publicaciones.
  • Exhibiciones o exposiciones artísticas.
  • Funciones o cargos importantes en organizaciones de amplia distinción.
  • Salarios altos o remuneraciones (en comparación con otros en su área).
  • Logros artísticos y reconocimientos comerciales en el área de la actuación, teatro, etc.

Pueden usarse evidencias similares o comparables a las categorías especificadas arriba

La Categoría de Habilidades Extraordinarias (EB-1ª) tiene las siguientes ventajas:

  • No se necesita una oferta de trabajo permanente en los Estados Unidos.
  • No requiere una Certificación Laboral.
  • Es un proceso más rápido que la Certificación Laboral. Se puede iniciar la petición y la solicitud para convertirse en residente permanente al mismo tiempo.
  • Se puede solicitar por uno mismo. De hecho, en algunos casos la persona puede trabajar por su cuenta.

Durante el transcurso de los años, Cifuentes-Marrero P.A. ha obtenido aprobaciones para profesores, artistas, productores de televisión, médicos, bailarines profesionales, atletas, etc.

Si usted necesita asistencia para preparar su solicitud de residencia permanente, por favor contacte Cifuentes-Marrero P.A. hoy mismo para una consulta inicial al (305) 573-7418.

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Residencia Permanente basada en Inversiones

L-1, L-1 Blanket, L-2, Visas de Inversionistas, Gerentes, y Trabajadores con conocimientos especializados



La visa L-1 es utilizada por compañías internacionales para transferir empleados(as) de alto nivel de manera de proveer servicios en capacidad similar en los Estados Unidos. El beneficiario debe ser una persona que ha trabajado en la empresa en el extranjero en un cargo gerencial, ejecutivo, o con un conocimiento especializado durante al menos un (1) año dentro de los tres años anteriores a la entrada a los Estados Unidos. La persona debe venir a los Estados Unidos a trabajar para una empresa relacionada con la compañía en el extranjero (sociedad matriz, subsidiaria, afiliada, sucursal) y realizar labores gerenciales, ejecutivas o que requieran de conocimiento especializado.

El programa L1 Blanket está diseñado para permitirle a las grandes empresas multinacionales trasladar a sus ejecutivos, gerentes, y profesionales con conocimientos especializados a los Estados Unidos sin tener que esperar el período largo de tramitación de las peticiones L1 regulares.

La visa L-2 es apta para miembros familiares inmediatos (esposo (a) e hijos (as) menores de 21 años). Esta visa le permite a los familiares permanecer en los Estados Unidos por el periodo autorizado al portador de la visa L-1. Adicionalmente, los portadores de visa L-2 pueden obtener permiso de trabajo, estudiar a tiempo completo en los Estados Unidos, así como viajar dentro y fuera de los Estados Unidos tanto como deseen.


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Visas de Inversionista E-1 & E-2



La visa E-1 es para ciudadanos de países con los cuales Estados Unidos mantiene un Tratado de amistad, comercio, o navegación. Estos ciudadanos deben venir a los Estados Unidos con el propósito de desarrollar comercio substancial entre los Estados Unidos y el país de origen del solicitante de la visa. El portador de la visa debe ocupar un cargo ejecutivo, ser supervisor, o poseer aptitudes y conocimientos esenciales para las operaciones satisfactorias de la empresa. La Visa E-1 tiene una duración inicial de dos años, la cual puede extender indefinidamente.

El /La esposo (a) y los hijos (as) del portador de la visa E-1 pueden entrar y permanecer en los Estados Unidos. Con esta visa, el esposo (a) del principal puede también solicitar permiso de trabajo. Adicionalmente, tanto el esposo (a) como los hijos (as) pueden estudiar dentro de los Estados Unidos.

Visa E-2: Individuos que deseen invertir en los Estados Unidos podrían obtener la visa E-2 si el solicitante es ciudadano de un país que mantiene un tratado de inversión con los Estados Unidos. El propósito de su entrada debe ser para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual ha invertido, o, está en proceso de invertir una suma de capital muy grande.

El /La esposo (a) y los hijos (as) del portador de la visa E-2 pueden entrar y permanecer en los Estados Unidos. Con esta visa, el esposo (a) del principal puede también solicitar permiso de trabajo. Adicionalmente, tanto el esposo (a) como los hijos (as) pueden estudiar dentro de los Estados Unidos.

Si desea consultar la lista de los países con los cuales Estados Unidos tiene tratados, presione el siguiente link

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Visa EB-5



La Visa EB-5 ofrece el camino más flexible para obtener la residencia permanente por medio de una inversión dentro de los Estados Unidos. La visa EB-5 no requiere que el solicitante gerencie las operaciones del negocio permanentemente. El solicitante puede invertir en negocios ya existentes, o en nuevos negocios. Incluso la inversión puede ser hecha por más de una persona. El inversionista EB-5 puede asimismo ser un socio minoritario dentro del negocio.

Requisitos para calificar por una visa EB-5:

  • Invertir $1 millón de dólares y contratar diez empleados dentro de los Estados Unidos.
  • Invertir $500,000 dólares y contratar diez empleados en alguna área en la que la tasa de desempleo exceda del promedio nacional de desempleo por un 150%.
  • Invertir en un centro regional.

USCIS ha designado áreas específicas, denominadas Centros Regionales, los cuales son elegibles para recibir capital de inversionistas, y calificar así por una visa de inmigrante.

USCIS tiene aprobados más de 20 Centros Regionales, los cuales no necesitan la contratación de diez empleados directos.


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Lotería de Visa



Cada año, el gobierno de los Estados Unidos ofrece 55.000 visas para residencia permanente a ciudadanos de países con una tasa de inmigración baja, por medio de un proceso de lotería. Si luego de este proceso usted queda seleccionado, usted puede vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos. Puede asimismo, traer a su cónyuge e hijos menores de 21 años.

Recuerde que puede introducir su solicitud para esta lotería por medio de Cifuentes-Marrero P.A.. De esta manera, usted podrá tener la confianza de que su solicitud estar lista a tiempo.


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Comuníquese con un Abogado de Inmigración



El proceso de inmigración a los Estados Unidos no es simple, y podría tomar incluso años para completar. En Cifuentes-Marrero P.A. entendemos cuan importante es para usted traer a sus seres queridos de la manera mas rápida y eficiente. Es un honor para nosotros el poder ayudar a muchas familias a traer a sus seres queridos a los Estados Unidos. En Cifuentes-Marrero P.A. entendemos cuan importantes son nuestros servicios para nuestros clientes, y trabajos incansablemente para unir a las familias lo antes posible.

Si usted necesita a un abogado de inmigración con experiencia y conocimientos en el área, contacte a Cifuentes-Marrero.PA hoy mismo para fijar una cita, llamando al (305) 573-7418.

La información disponible en esta página de Internet no es asesoría legal y no está publicada con la intención de que sea un consejo legal.

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